content="NWKDlrTpku1iit5 Revista Electoral

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miércoles, 6 de marzo de 2024

Crear un partido político es una inversión que requiere millones

 






La formación de un partido, agrupación o movimiento político en la República Dominicana, y tomando en consideración para ello la normativa legal prevista en la Ley de partidos núm. 33-18; Resulta ser una labor colosal, sin importar que la organización política en construcción obtenga o no el reconocimiento de parte de la Junta Central Electoral. 

Tal y como lo establece la citada ley, un partido, movimiento o agrupación política que procure su reconocimiento, debe presentar en la JCE una relación sumaria de sus principios, propósitos y lineamientos los cuales deben de estar acorde con la Constitución de la República. Dicha solicitud deberá someterse doce meses antes de la realización de la próxima elección ordinaria.

Asimismo, los estatutos partidarios deben contener las reglas de funcionamiento de la organización y que estos se correspondan con los principios democráticos indicados en la Carta Magna. De igual forma, dicha solicitud debe contener la descripción del nombre y lema de la organización, logo, símbolo, emblema y color con que será diferenciado.

Cabe destacar, que la organización en gestación tiene que demostrar tener el 2% por lo menos de los votos válidos emitidos en las últimas elecciones presidenciales. También, deberá indicar la nómina de afiliados, órganos de dirección provincial por medio de una declaración de los organizadores del proyecto político, donde hacen constar, que la organización tiene organismos de dirección a nivel provincial y que opera en cada municipio del país. Por igual una relación presupuestaria de los gastos durante el proceso de organización y reconocimiento.

Verificadas estas informaciones, el órgano comicial las evaluará e incorporará al expediente del partido, movimiento o agrupación política solicitante. Una vez estructurado el expediente, la Junta Central Electoral mediante resolución, establecerá si procede o no el reconocimiento.

Es importante agregar, que una de las ventajas que tiene la Ley 33-18, es la eliminación de la cantidad de locales que requieren tener abierto los partidos para el reconocimiento. Señalando, que basta con que estos existan en las cabeceras de las provincias y en el Distrito Nacional.

De igual manera se destaca, que la estructuración de una organización política conlleva una gran inversión de dinero y una mística de trabajo continuo en la formación de sus dirigentes, cuyo presupuesto puede rondar entre seis o siete millones de pesos, cuyos gastos pudieran aumentar si se logra el reconocimiento.

En conclusión, organizar un partido político en nuestro país, es una idea que requiere de una inversión millonaria, a pesar de que la ley de partidos, agrupaciones o movimientos políticos, estableció menos trabas para su reconocimiento.   

sábado, 24 de febrero de 2024

Comisión IDDE sostiene encuentro con Rector IESPEC

 

Alfredo Ramírez, Felipe Carvajal y Marisela Tejada 

Por: Aquino Disla

Santo Domingo, D.N.- En un gesto de cooperación interinstitucional, una comisión del Instituto Dominicano de Derecho Electoral (IDDE) realizó una visita oficial al Rector interino del Instituto Especializado Superior de Formación Política Electoral y del Estado Civil (IESPEC), destacada institución dedicada a la formación y capacitación en temas electorales en la República Dominicana.

La visita tuvo lugar en las instalaciones del IESPEC, donde los representantes del IDDE, Alfredo Ramírez y Marisela Tejada, fueron recibidos por su Rector interino, Felipe Carvajal de los Santos. Durante este encuentro, ambas partes intercambiaron experiencias, ideas y propuestas sobre temas relacionados con el derecho electoral, la formación política y la promoción de la democracia en la nación.

El presidente del IDDE, Alfredo Ramírez, expresó su satisfacción por la oportunidad de fortalecer los lazos de colaboración con una institución de gran prestigio como el IESPEC, reconocido por su trayectoria en la formación de profesionales en la materia electoral y del Estado Civil. Asimismo, Marisela Tejada destacó la importancia de trabajar de manera conjunta para impulsar iniciativas que contribuyan al desarrollo y fortalecimiento de las instituciones democráticas en la República Dominicana.

Por su parte, el Rector interino del IESPEC, Felipe Carvajal de los Santos, agradeció la visita de la comisión del IDDE y manifestó su disposición a colaborar estrechamente con esta importante institución en proyectos y actividades que promuevan la capacitación y el conocimiento en el ámbito electoral. También resaltó la importancia de la formación continua de los profesionales en derecho electoral y la necesidad de promover una cultura democrática sólida en nuestra sociedad.

La reunión concluyó con el compromiso de ambas entidades de continuar trabajando de manera coordinada en iniciativas de interés común, con el propósito de seguir contribuyendo al fortalecimiento del sistema electoral dominicano y su desarrollo democrático.

Esta visita representa un paso significativo en el camino hacia una mayor colaboración y cooperación entre el IDDE y el IESPEC, dos instituciones comprometidas con la promoción y defensa de la democracia en el país. Cabe destacar, que mediante la resolución 15-2023, del Consejo de Educación Superior, Ciencias y Tecnología (CONESCYT) la EFEC se convierte en un instituto especializado convirtiéndose la misma en lo que es hoy el IESPEC.

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viernes, 16 de febrero de 2024

A las urnas pueblo

 


¡Dominicanos! La democracia se fortalece cada vez que ejercemos el voto. Por ello, el Instituto Dominicano de Derecho Electoral te hace un llamado para que participes votando masivamente en las elecciones municipales de este domingo 18 de febrero en tu Colegio Electoral correspondiente.

El voto es una herramienta de expresión. Con el elegimos a nuestros representantes y a la vez contribuimos al desarrollo de nuestra sociedad. En estas elecciones municipales el pueblo tendrá la oportunidad de seleccionar a sus líderes locales quienes de seguro trabajarán por el bienestar de sus respectivas comunidades y municipios.

Tu voto marcará la diferencia. Acude a las urnas este domingo, y exprésate de forma cívica, consciente y responsable. Úsalo, ya que contigo se construye día a día la democracia. Infórmate de cómo votar, verifícate.. Votar es fácil. No te pierdas de esta oportunidad y se parte de la historia. Tu voto cuenta quisqueyano.

miércoles, 14 de febrero de 2024

Misión de Observación Electoral del IDDE participa en las Elecciones de El Salvador

 


San Salvador. El Salvador.- En las recientes elecciones celebradas en El Salvador, el Instituto Dominicano de Derecho Electoral, desplegó una misión de observación electoral para supervisar el proceso democrático efectuado el domingo 4 de febrero en esta República centroamericana. La participación del IDDE en este evento electoral forma parte de su compromiso continuo con la promoción de la transparencia y la integridad en los procesos electorales de la región.

La MOE del IDDE estuvo compuesta por un equipo de expertos en derecho electoral, académicos y observadores internacionales. Durante el periodo previo a las elecciones, el equipo llevó a cabo una exhaustiva preparación, familiarizándose con el contexto político y legal de El Salvador, así como con las normativas electorales vigentes.

El día de las elecciones, los observadores del IDDE se desplegaron en diferentes localidades del país para monitorear el desarrollo del proceso electoral. Se dedicaron a observar la apertura de los centros de votación, el desarrollo de la jornada electoral y el conteo de votos. Además, se mantuvieron atentos a cualquier irregularidad o incidencia que pudiere surgir durante el proceso.

Tras el cierre de las Juntas Receptoras de Votos, la misión de observación del Instituto Dominicano de Derecho Electoral, recopiló y analizó los datos obtenidos durante la jornada comicial. Este análisis se centró en evaluar la transparencia, la imparcialidad y la eficiencia del proceso electoral salvadoreño.

Finalmente, la MOE/IDDE elaboró su informe preliminar el cual incluyó hallazgos y recomendaciones sobre el desarrollo de estas elecciones, cuyo informe preliminar fue entregado a las autoridades electorales de El Salvador. La participación del IDDE en las elecciones de El Salvador refleja el compromiso de nuestra institución con el fortalecimiento de la democracia y el Estado de derecho en Latinoamérica.

martes, 13 de febrero de 2024

El Instituto Dominicano de Derecho Electoral Anuncia Despliegue Misión de Observación Electoral para Elecciones Municipales



Santo Domingo. D.N.-
El Instituto Dominica
no de Derecho Electoral, se complace en anunciar el despliegue de una misión de observación electoral para las elecciones municipales de este domingo 18 de febrero a celebrarse en todo el territorio nacional. Esta iniciativa busca garantizar la transparencia, imparcialidad y legalidad de este proceso electoral, así como la de promover la participación ciudadana y del fortalecimiento de la democracia en la nación dominicana.


La misión de observación del IDDE estará integrada por un equipo de expertos en derecho electoral, académicos y representantes de todos los sectores, quienes estarán desplegados en diferentes lugares del país para monitorear el desarrollo de estas elecciones municipales. Su labor consistirá en observar el desarrollo del proceso electoral, verificar el cumplimiento de las normas y procedimientos electorales, y emitir en su informe las recomendaciones para mejorar la integridad del proceso.

El presidente del IDDE, Alfredo Ramírez Peguero, destacó la importancia de la observación electoral como herramienta fundamental para garantizar la transparencia y legitimidad de los procesos electorales. “La misión de observación electoral del IDDE tiene como objetivo principal velar por el respeto de los derechos electorales de todos el pueblo dominicano y contribuir a la consolidación de una democracia participativa y transparente. “ Señaló.


El IDDE aprovecha la ocasión, para hacer un llamado a todas las instituciones involucradas en este proceso electoral, así como a los partidos políticos, candidatos y a la ciudadanía en sentido general, a colaborar con esta misión de observación facilitándoles el trabajo y así garantizar un buen desarrollo de estas elecciones municipales.      

domingo, 21 de enero de 2024

El amicus curiae: Un análisis jurídico

 

Por: Alfredo Ramírez Peguero

Etimológicamente, El término “amicus curiae” proveniente del latín que traducido significa “amigo de la corte”. En sentido gramatical se define como un tercero que, sin ser parte directa en el caso, ofrece información o argumentaciones adicionales al tribunal con el objetivo de influir en el fallo judicial.  Este ensayo busca examinar la naturaleza, origen y función del amicus curiae, así como su impacto en el sistema judicial.


Antecedentes

Históricamente, esta figura jurídica con el tiempo ha adquirido gran relevancia e importancia en términos legales. Sus antecedentes se remontan en apariencia al derecho romano, donde los jueces consultaban a los abogados para recibir de ellos asesorías o consejos para la solución de un litigio.    

Sin embargo, los orígenes del amicus curiae no están bien definidos en su génesis. Algunos autores como Radin (1928) asegura que este se sitúa en el derecho romano, mientras que otros como Salinas (2008) lo ubican en el derecho inglés. Por antonomasia, el amicus curiae consiste en la presentación de un tercero ajeno al proceso, que interviene voluntariamente al proceso, aportando su opinión jurídica, asesoría y experiencia al tribunal o corte. Con frecuencia se presenta como un colaborador.        

Pero, no fue hasta comienzos del siglo IX, que la institución del amicus curiae se incorpora en el derecho anglosajón, donde el interesado aporta al tribunal su colaboración y apoyo al momento del juez estatuir sobre el caso, ya sea despejando dudas o señalando dificultades procesales en la que, la corte pudiese estar incurriendo. Su participación se argumentó en casos de interés público donde existían temas polémicos o controvertidos.

Entre los siglos XVII y XVIII,  la institución del amicus curiae se amplió en Inglaterra con el objetivo de asegurar que su introducción en el tribunal o corte sirva de precedente en la interpretación de la norma. Sin embargo, no fue hasta el siglo XX, que la Corte Suprema de los EE.UU., permitió su uso para los particulares.

Aplicación en la región

En Latinoamérica, el amicus curiae tiene aplicación en Argentina, en el ámbito constitucional y electoral. En Colombia desde el año 1991, donde se permite la intervención de esta figura en instituciones públicas, organizaciones privadas y a los expertos en las áreas vinculadas con el tema a tratar. En Brasil desde el 1999, en Perú el amicus curiae tiene carácter constitucional. Y finalmente, en Ecuador y México.

Por su naturaleza jurídica, el amicus curiae no es parte directa en el proceso, ni es vinculante para el juez. Su participación es voluntaria ya que su integración se fundamenta en el principio de que el tribunal o corte se benefician al recibir informaciones, orientaciones u opiniones adicionales de expertos que directamente no tienen vinculación en el litigio. Por ende, el papel del amigo de la corte es meramente informativo y de persuasión ya que no busca la defensa de intereses propios.     

En la República Dominicana, la figura del amicus curiae se encuentra regulado por citar un ejemplo en el ordenamiento reglamentario del Tribunal Constitucional y del Tribunal Superior Electoral donde se establecen los requisitos para su admisión. Aunque existen evidencias de su aplicación en otras jurisdicciones ordinarias, como el Tribunal Superior Administrativo, entre otros.

Utilización

Cabe destacar, que la funcionalidad de esta figura es la de proporcionarle al tribunal una perspectiva ampliada sobre aspectos legales, técnicos y sociales del caso a tratar. Su participación es valiosa en temas complejos donde la corte pudiera carecer del conocimiento especializado. Además, puede presentar argumentos sobre políticas públicas que podrían tener influencias en la toma de la decisión judicial puesta en causa.

Sin embargo, a pesar de sus beneficios, el uso de esta institución no exenta de críticas y desafíos. Ay quienes sostienen que su participación podría diluir la posición de los involucrados en el caso. Mientras que otros sostienen que pudiera ser empleado para promover estratégicamente puntos particulares.

Finalmente, el amicus curiae representa una herramienta indispensable para el ordenamiento legal ya que este enriquece el debate. Su evolución a través del tiempo va en aumento, pero su uso debe ser cuidadosamente regulado para garantizar su efectividad sin que esta comprometa la equidad e imparcialidad del proceso judicial.

OEA advierte sobre gasto sin tope y boca de urna en Paraguay: 3 lecciones para RD 2028

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