La formación de un partido, agrupación o movimiento
político en la República Dominicana, y tomando en consideración para ello la
normativa legal prevista en la Ley de partidos núm. 33-18; Resulta ser una labor
colosal, sin importar que la organización política en construcción obtenga o no
el reconocimiento de parte de la Junta Central Electoral.
Tal y como lo establece la citada ley, un
partido, movimiento o agrupación política que procure su reconocimiento, debe presentar en la JCE una relación sumaria de sus principios, propósitos
y lineamientos los cuales deben de estar acorde con la Constitución de la
República. Dicha solicitud deberá someterse doce meses antes de la realización de
la próxima elección ordinaria.
Asimismo, los estatutos partidarios deben
contener las reglas de funcionamiento de la organización y que estos se
correspondan con los principios democráticos indicados en la Carta Magna. De
igual forma, dicha solicitud debe contener la descripción del nombre y lema de
la organización, logo, símbolo, emblema y color con que será diferenciado.
Cabe destacar, que la organización en gestación
tiene que demostrar tener el 2% por lo menos de los votos válidos emitidos en
las últimas elecciones presidenciales. También, deberá indicar la nómina de
afiliados, órganos de dirección provincial por medio de una declaración de los
organizadores del proyecto político, donde hacen constar, que la organización
tiene organismos de dirección a nivel provincial y que opera en cada municipio
del país. Por igual una relación presupuestaria de los gastos durante el
proceso de organización y reconocimiento.
Verificadas estas informaciones, el órgano
comicial las evaluará e incorporará al expediente del partido, movimiento o
agrupación política solicitante. Una vez estructurado el expediente, la Junta
Central Electoral mediante resolución, establecerá si procede o no el
reconocimiento.
Es importante agregar, que una de las
ventajas que tiene la Ley 33-18, es la eliminación de la cantidad de locales
que requieren tener abierto los partidos para el reconocimiento. Señalando,
que basta con que estos existan en las cabeceras de las provincias y en el
Distrito Nacional.
De igual manera se destaca, que la
estructuración de una organización política conlleva una gran inversión de
dinero y una mística de trabajo continuo en la formación de sus dirigentes,
cuyo presupuesto puede rondar entre seis o siete millones de pesos, cuyos
gastos pudieran aumentar si se logra el reconocimiento.
En conclusión, organizar un partido político
en nuestro país, es una idea que requiere de una inversión millonaria, a pesar
de que la ley de partidos, agrupaciones o movimientos políticos, estableció
menos trabas para su reconocimiento.
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