Por: Alfredo Ramírez P.
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En el derecho constitucional, la cláusula pétrea representa un mecanismo de protección de ciertos principios y valores esenciales dentro de una constitución. Estas cláusulas, también conocidas como disposiciones irreformables, establecen ciertos aspectos que no pueden ser modificados y suprimidos, incluso mediante reformas constitucionales. Este ensayo explora el significado, la importancia, el alcance y las limitaciones de las cláusulas pétreas en las constituciones, así como ejemplos de su aplicación en las constituciones de diferentes países latinoamericanos.
Por su significado, estas cláusulas,
o disposiciones irreformables, son un mecanismo de salvaguarda dentro de una
Carta Magna las cuales procuran proteger los principios fundamentales de un
Estado de derecho. Es por ello que en esencia, estas cláusulas estimulan que
ciertos componentes de la Constitución sean inmutables, lo que asegura que no
pueden ser alterados ni aun empleando procedimientos de reformas
constitucionales.
Es decir, que estas disposiciones
se fundamentan en ideas constitucionales que representan los fundamentos sobre
los cuales se edifica la legitimidad y estabilidad del Estado y, por lo tanto,
deben estar protegidos ante cualquier cambio que pretendan amenazar dichos
principios fundamentales.
En cuanto a su importancia, la cláusula
pétrea radica en su capacidad para garantizar la estabilidad, el orden
constitucional y la continuidad de los valores sacramentales del Estado. Al
señalar estos límites a la reforma constitucional; estas cláusulas previenen
que las mayorías de políticas transitorias no puedan cambiar principios
esenciales del Estado, tales como: Derechos Humanos, forma de gobierno o la
independencia de los Poderes del Estado. Ya que esto proporciona una base
sólida para la protección de estos derechos y así se mantiene el orden
democrático que es la aspiración de toda sociedad moderna.
Además, estas cláusulas refuerzan
el principio de supremacía constitucional, ya que garantizan que la Carta Magna
no se convierta en una herramienta de flexibilidad que pueda estar sujeta a los
caprichos de los poderes facticos, sino que se mantenga como faro de guía para
el ordenamiento jurídico. Significando, el fortalecimiento de ideas de la Constitución,
que es la representación de un pacto social, el cual debe de ser respetado y
protegido en toda su esencia.
El alcance de las cláusulas
pétreas puede tener variaciones significativas entre una constitución y otra.
En algunas Cartas Sustantivas, las cláusulas pétreas protegen única y
exclusivamente fundamentos básicos, como el que se refiere a la forma de
gobierno, derechos humanos, derechos fundamentales y soberanía nacional. Es
decir, que abarcan un espacio amplio de disposiciones legales tales como la
independencia judicial, políticas sociales en algunos casos, y por último, el
sistema de partidos políticos.
Lo que significa, que estas
cláusulas están intrínsecamente vinculadas a la interpretación constitucional
que efectúan los tribunales y a la tradición jurídica de cada nación. En
ciertos casos, las cortes constitucionales han adoptado interpretaciones
amplísimas de estas cláusulas. Sin
embargo, otras naciones se han mantenido conservadoras, delimitando su alcance
sobre principios estrictamente fundamentales.
Pese a sus beneficios, las
cláusulas pétreas presentan también ciertas limitaciones. Por ejemplo, pueden
limitar la capacidad del pueblo para adaptar a su ley sustantiva cuestiones
tangibles como las demandas de la sociedad a una participación más equitativa
en las tomas de decisiones. Es decir, que al establecer estas restricciones,
pueden obstaculizar el proceso de democratización del Estado.
Pero, existe el riesgo de que estas
cláusulas puedan ser empleadas de forma autoritaria con el objetivo de evitar
reformas que son necesarias para el desarrollo, progreso y modernización del
Estado. Cabe resaltar, que estos riesgos son particularmente relevantes en
escenarios donde los mecanismos de interpretación del control constitucional son débiles o se
encuentren sujetos a influencias políticas.
En Latinoamérica las cláusulas
pétreas han sido incorporadas en sus constituciones, con variaciones
significativas en lo referente a su alcance y contenido. Un ejemplo de esto lo
es Brasil, en donde su Constitución consagra la irreformabilidad de la forma de
gobierno, la federativa. Al igual que México, cuya forma de gobierno es
representativo, democrático, laico y por su puesto federal. En Argentina la
cláusula pétrea indica que su forma de gobierno es republicana.
En el caso dominicano, la Constitución
criolla en su ordenamiento constitucional busca proteger los fundamentos de su
estructura política y social. La Constitución dominicana consagra como cláusula
pétrea las que limitan las posibilidades de reforma a la Carta Magna en lo
referente a su forma de gobierno. En este aspecto, esta cláusula es rígida y
cerrada, al igual que los derechos, garantías fundamentales y deberes etc.,
establecidos en el artículo 272 de la Constitución de la República.
Conforme a lo indicado en el artículo
268 de la Constitución política dominicana, la cláusula pétrea o clausura inalterable señala, que la forma de
gobierno dominicano deberá ser civil, republicano, democrático y representativo.
En la cual ninguna modificación podrá versar de manera contraria. Es decir, que
esta cláusula lo que procura es la prohibición de modificar estos elementos
esenciales del Estado y salvaguardar cualquier intento de alterar el orden
democrático.
Para el experto constitucional
Eduardo Jorge Pratt, las cláusulas pétreas son mecanismos de autodefensa del
propio sistema constitucional, ya que buscan preservar la vida democrática del
Estado y así protegerlo de agresiones autoritarias. En iguales términos se
expresa el académico y jurista Olivo Rodríguez Huerta cuando expresa, que la
inviolabilidad de ciertos principios constitucionales por medio a estas
cláusulas es una muestra del compromiso de la nación con un Estado de derecho
robusto y con una democracia funcional.
A través de la historia, las
cláusulas pétreas han jugado un papel fundamental en la vida política
dominicana, de manera especial en momentos de crisis o traspaso de gobiernos.
Por ejemplo, durante las discusiones sobre la posibilidad de consentir la
reelección de Danilo Medina en el año 2016, un año antes de este debate, la cláusula
pétrea se mantuvo centrada. Aunque finalmente, se reformó la Constitución y se
permitió la reelección para un periodo adicional.
Cabe destacar, que aunque la
reelección presidencial en el país es un tema controversial históricamente, la
carta magna del 2010 establece restricciones precisas referentes a la
posibilidad de modificar esta regla. Por lo que se concluye, que las cláusulas
pétreas en la normativa constitucional dominicana son una manifestación del
deseo de proteger la estructura democrática de la nación y su Estado de
derecho.
Por lo que, estas disposiciones
sirven como escudo contra todo intento de subversión política, asegurando que
estos derechos no sean fácilmente alterados por cambios coyunturales o
intereses particulares.
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