Cabe destacar, que el TC declaró contrario a la Constitución, los artículos 156 y 157 de la Ley núm. 20-23, Orgánica del Régimen Electoral, que reglamentaba las candidaturas independientes. Asimismo, el juez constitucional se expresó por igual a la decisión que adoptó la Corte Constitucional con relación al Colegio de Abogados, dejando sentado que el Tribunal Superior Electoral no es competente para conocer amparos electorales relacionados a gremios profesionales.
Estévez Lavandier hizo hincapié en que la sentencia TC/0164/24, fijó la competencia del Tribunal Superior Administrativo para los recursos de amparos cuyas controversias se susciten a lo interno de las asociaciones, gremios o grupos profesionales como resultados de la vulneración de derechos electorales legítimamente protegido.
En otro orden, el presidente del TC se refirió a que en el año 2024, el Tribunal Constitucional se remozo en cuanto al número de sus jueces, incluyéndolo a él. Además resaltó, que desde el año 2012, el TC ha fallado 402 expedientes en materia civil, 264 en lo penal, 242 acciones constitucionales de amparo, 61 acciones directas en inconstitucionalidad, 62 casos laborales, 37 recursos electorales, entre otros.
Finalmente, el presidente de esta Alta Corte informó que en el cuatrienio 2025-2028, este colegiado acuñara el lema: “Justicia constitucional más accesible, eficiente y digital” todo esto dentro de la Planificación Estratégica Institucional que desarrolla el Tribunal Constitucional.
En la audiencia solemne de rendición de cuentas estuvieron presente la vicepresidente de la República, Raquel Peña, el pleno de los Jueces del TC, la Procuradora General de la República, Miriam German Brito, entre otras personalidades de la sociedad civil, académicos, juristas, politólogos, etc.
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