miércoles, 6 de marzo de 2024

El PARLACEN. Importancia, propósitos y funcionabilidad

 

Por: Alfredo Ramírez

El Parlamento Centroamericano, también conocido como PARLACEN, es un órgano unicameral. Definido como una institución de tipo político y de carácter democrático para los países de Centroamérica y República Dominicana.

Con su sede en Guatemala, lugar en donde secciona desde el 28 de octubre de 1991, fecha de su fundación. Según recoge la historia, el PARLACEN es una propuesta consumada del Expresidente Guatemalteco Vinicio Cerezo (1986-1990), quien en su discurso de toma de posesión (1986), sembró la idea de “que las naciones Centroamericanas debían de analizar como parientes las reglas comunes de la coexistencia pacífica y de progreso de la zona.”-

Entre los propósitos fundamentales que dieron su origen, es el “Tratado Constitutivo del Parlamento Centroamericano y otras instancias políticas o Declaración de Esquipula I (1987)”, 


firmado por los presidentes centroamericanos de entonces, quienes entendieron que el PARLACEN es el instrumento idóneo para el establecimiento de la paz de la región.

Entre los objetivos que este parlamento tiene son: “El de lograr la unión de los países miembros en un marco de seguridad y de bienestar social basado en la democracia representativa y participativa respetando a las legislaciones nacionales y al derecho internacional.” El Parlamento Centroamericano está integrado por 132 diputados elegidos democráticamente y cuyos representantes son electos por el voto popular.

Entre los países que lo componen están: “El Salvador, Guatemala, Honduras, República Dominicana y Panamá” (esta última se retiró temporalmente en 2014). Como miembros observadores tenemos a: “Venezuela, México, Taiwán, el Estado de Chiapas, Marruecos y Puerto Rico.”

Cabe destacar, que Costa Rica y Belice no son miembros. El PARLACEN está estructurado organográficamente en Asamblea Plenaria, Junta Directiva y el Secretariado. Sus funciones son: 1) Ser un órgano regional y permanente de representación política; 2) Proponer legislación en materia de integración; 3) Propiciar la convivencia pacífica; 5) Promover la seguridad centroamericana y 6) protección de los Derechos Humanos, etc.

En lo que a República Dominicana se refiere, este ingreso al organismo entre el 1998 y el 2000. Los primeros diputados eran designados mediante Decreto Presidencial que se ratificaba en el Congreso Nacional. Pero, no fue hasta el año 2010, en que sus diputados dominicanos al PARLACEN son elegidos por el voto directo en las elecciones congresuales.

Para el año 2013, tanto Leonel Fernández como Rafael Alburquerque fueron juramentados como diputados al Parlamento centroamericano en sus condiciones de expresidente y vicepresidentes elegidos democráticamente, todo esto en virtud de lo señalado en el artículo 2 del tratado constitutivo del PARLACEN.  

Para algunos analistas políticos como Carlos Sanabria (ASIES), el PARLACEN penosamente no ha cumplido con la función para el cual fue creado. Argumentando, que este órgano parlamentario “se convirtió en un espacio para el compadrazgo, el clientelismo y el favoritismo de los partidos políticos.”

Según Gabriela Ayerdi de la organización Acción Ciudadana (2019) entiende, que por sus pocos resultados se debería considerar “si es viable su existencia.” Otros en cambio señalan, que una de las razones por las cuales este órgano parlamentario cambio de rumbo, es el referente a los altos salarios que perciben sus legisladores. Añadiendo, que el PARLACEN sea convertido a su vez en un refugio para muchos políticos.  

Por último, para Fuentes Soria (2019), quien es opinión, que una de las razones por las cuales el PARLACEN como órgano regional y permanente de representación política y democrática del SICA, no reviste importancia y esto se debe a que sus decisiones “no son vinculantes a ningún Estado.” Es aquí posiblemente donde radica su poca importancia.  Sin embargo, esto se pudiese contrarrestar si adhiriésemos este órgano unicameral a la Corte Centroamericana de Justicia.

A nuestro modo de ver, el Parlamento Centroamericano es un órgano para la integración de los países centroamericanos, cuya funcionalidad o no va a depender del funcionamiento de sus estructuras internas.  

 

Crear un partido político es una inversión que requiere millones

 






La formación de un partido, agrupación o movimiento político en la República Dominicana, y tomando en consideración para ello la normativa legal prevista en la Ley de partidos núm. 33-18; Resulta ser una labor colosal, sin importar que la organización política en construcción obtenga o no el reconocimiento de parte de la Junta Central Electoral. 

Tal y como lo establece la citada ley, un partido, movimiento o agrupación política que procure su reconocimiento, debe presentar en la JCE una relación sumaria de sus principios, propósitos y lineamientos los cuales deben de estar acorde con la Constitución de la República. Dicha solicitud deberá someterse doce meses antes de la realización de la próxima elección ordinaria.

Asimismo, los estatutos partidarios deben contener las reglas de funcionamiento de la organización y que estos se correspondan con los principios democráticos indicados en la Carta Magna. De igual forma, dicha solicitud debe contener la descripción del nombre y lema de la organización, logo, símbolo, emblema y color con que será diferenciado.

Cabe destacar, que la organización en gestación tiene que demostrar tener el 2% por lo menos de los votos válidos emitidos en las últimas elecciones presidenciales. También, deberá indicar la nómina de afiliados, órganos de dirección provincial por medio de una declaración de los organizadores del proyecto político, donde hacen constar, que la organización tiene organismos de dirección a nivel provincial y que opera en cada municipio del país. Por igual una relación presupuestaria de los gastos durante el proceso de organización y reconocimiento.

Verificadas estas informaciones, el órgano comicial las evaluará e incorporará al expediente del partido, movimiento o agrupación política solicitante. Una vez estructurado el expediente, la Junta Central Electoral mediante resolución, establecerá si procede o no el reconocimiento.

Es importante agregar, que una de las ventajas que tiene la Ley 33-18, es la eliminación de la cantidad de locales que requieren tener abierto los partidos para el reconocimiento. Señalando, que basta con que estos existan en las cabeceras de las provincias y en el Distrito Nacional.

De igual manera se destaca, que la estructuración de una organización política conlleva una gran inversión de dinero y una mística de trabajo continuo en la formación de sus dirigentes, cuyo presupuesto puede rondar entre seis o siete millones de pesos, cuyos gastos pudieran aumentar si se logra el reconocimiento.

En conclusión, organizar un partido político en nuestro país, es una idea que requiere de una inversión millonaria, a pesar de que la ley de partidos, agrupaciones o movimientos políticos, estableció menos trabas para su reconocimiento.   

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